Salud visual

La siguiente información es la que debes tener en cuenta para adquirir el auxilio de lentes, montura o lentes de contacto, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación vigente.

Es importante aclarar que no se reconocerá auxilio para lentes neutros o deportivos.

Recuerda que puedes ir directamente al Oftalmólogo, no es necesaria la remisión dada por el médico puerta de entrada.

El plan de beneficios reconocerá auxilio con base en el concepto profesional, solamente para una de las siguientes soluciones:

a. Un par de lentes corrientes cada año y una montura cada dos (2) años. Se contará el tiempo a partir de la fecha de la última autorización.

b. Un par de lentes progresivos cada año y una montura cada dos (2) años. Se contará el tiempo a partir de la fecha de la última autorización.

c. Un par de lentes de contacto cada dos (2) años, contados a partir de la última autorización.  Esta aprobación excluye la posibilidad de solicitar auxilio para lentes corrientes o montura dentro del mismo período.

Dicho auxilio se otorga de acuerdo con los topes establecidos anualmente.

Casos de excepción: se pueden autorizar lentes corrientes antes de un (1) año contado a partir de la última autorización, cuando el problema de refracción haya cambiado significativamente (una dioptría o más).

No se reconocerá auxilio en casos de ruptura, robo o pérdida de los anteojos, ni de los lentes de contacto.

La diferencia entre la cotización y el tope establecido anualmente por el Banco, tanto para lentes como para montura, deberá asumirla el usuario.

Consulta aquí los topes vigentes.

Una vez expedida la fórmula optométrica hay dos opciones para adquirir los lentes y la montura:
1. Ir a las ópticas adscritas con la autorización de Colsanitas expedida en Servicios Médicos y utilizar el auxilio.
2. Ir a una óptica particular, adquirir los lentes y la montura y solicitar el reembolso a Colsanitas.

Para solicitar el reembolso debes tener en cuenta:

- La fórmula para los lentes debe haber sido expedida por uno de los profesionales adscritos y la fecha no debe superar los 30 días de expedición.
- Si el valor de la factura supera la suma del auxilio, solo se reembolsará el valor del tope del auxilio y el saldo lo asumirá el usuario.
- Si el valor de la factura es menor al valor del auxilio, Colsanitas devolverá solamente el valor pagado por el usuario.

Ten muy presente:
- Cuando tienes derecho a los dos auxilios (lentes y montura) pero compras solo lentes y estos superan el valor del tope establecido, debes aclarar en el momento de la solicitud del reembolso si tomarás solo el auxilio por los lentes o si sumarás los dos auxilios (lentes y montura) porque si te suman los dos auxilios solo tendrás derecho a solicitar monturas hasta dentro de dos años, aunque no hayas usado la totalidad del auxilio para la montura.

- Si compras lentes de contacto, tendrás derecho a solicitar el auxilio hasta dentro de dos años para lentes y montura o para lentes de contacto.  

-La garantía por calidad del insumo comprado debe ser asumido por la óptica donde lo adquiriste, Colsanitas no cubre ningún daño o defecto del producto.

-La solicitud del reembolso debe presentarse máximo 15 días calendario posterior a la fecha de la compra, de lo contrario perderás el derecho al reembolso.

-El reembolso se realizará únicamente a través de transferencia electrónica.

La solicitud de reembolso la puedes hacer en la página www.colsanitas.com a través de la Oficina Virtual o presentando los siguientes documentos en la oficina de Servicios Médicos, del edificio Avianca o del Bosch (calle 108) en Bogotá o en la oficina de Servicios Médicos de las diferentes sucursales:

1. Comunicación escrita dirigida a Colsanitas que indique: solicitud de reembolso con los nombres y apellidos del usuario, tipo y documento de identificación del usuario, fecha en que se prestó el servicio. Adicionalmente, debes incluir el nombre del banco, tipo y número de cuenta para la transferencia electrónica.
2. Fórmula de los lentes expedida por el profesional adscrito con vigencia máxima de un mes.
3. Factura electrónica expedida por el establecimiento donde compraste los insumos, la cual debe cumplir con los requisitos del Estatuto Tributario.
4. Certificación de la cuenta expedida por la entidad bancaria con vigencia máxima de un mes
5. Fotocopia de la cédula del empleado o del pensionado.
6. Formato Abono en cuenta bancaria 

Lentes intraoculares: en los casos de cataratas, se cubrirá por una vez para cada ojo, de acuerdo con el tope establecido anualmente por Colsanitas, independientemente del tiempo transcurrido para autorización de lentes corrientes o de contacto.

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