Aportes extraordinarios
¿Qué son los Aportes Extraordinarios Voluntarios?
Son aquellos aportes que el afiliado hace para un determinado mes, siempre y cuando provenga de los ingresos laborales o la mesada pensional, y de acuerdo con sus posibilidades de ahorro. Cada vez que el socio desee realizar un aporte de esa naturaleza deberá informarlo por escrito al Fimbra, mediante el diligenciamiento del Formulario N° 5 "Autorización Aportes Extraordinarios" teniendo en cuenta las fechas límites fijadas por el Banco de la República para los descuentos de nómina. Art. 9 Estatutos del Fimbra
También se pueden autorizar Aportes Extraordinarios sobre las mesadas adicionales, para lo cual deberá diligenciar el Formulario N° 5 de autorización con la debida oportunidad. IMPORTANTE: A partir de noviembre de 2021, la mesada adicional de diciembre, es pagada por el Banco el 25 de noviembre, por lo tanto si desea realizar aporte extraordinario con cargo a esta mesada, deberá presentarla durante el mes de octubre.
Usted puede ahorrar en el Fimbra hasta el 100% neto del pago de nómina por cualquier concepto como aporte extraordinario.
¿Qué son los Aportes Extraordinarios Permanentes Voluntarios?
Son aquellos aportes que el afiliado autoriza para que se descuenten permanentemente, es decir, todos los meses y/o todas las primas o mesadas adicionales.
Este aporte estará vigente hasta tanto el afiliado autorice un cambio con un nuevo Formulario Nº 5. Si el afiliado no desea continuar con el Aporte Extraordinario Permanente, deberá diligenciar un Formulario Nº 5 con valor cero ($0).