- Cuando la operación de compra y venta de divisas se paga en efectivo y/o cheques en moneda legal colombiana, los profesionales de cambio deberán exigir a sus clientes en cada una de las operaciones, como mínimo, la información prevista en el Formulario 18 “Declaración de cambio por compra y venta de manera profesional de divisas en efectivo y cheques de viajero”.
- Cuando la operación de compra y venta de divisas se realiza mediante el uso de instrumentos de pago diferentes al efectivo y al cheque en moneda legal colombiana ii, constituye la declaración de cambio: la factura de la operación o el recibo de compra