Estructura organizacional y funciones por dependencias
Esta página contiene una descripción general de la estructura y dependencias del Banco de la República.
La Ley 31 de 1992 establece que el Banco está sujeto a un régimen legal propio. En consecuencia, la determinación de su organización, su estructura, sus funciones y atribuciones, y los contratos en que sea parte, se rigen exclusivamente por las normas contenidas en la Constitución Política, en la mencionada ley y en los Estatutos de la entidad (Decreto 2520 de 1993).
En concordancia con lo anterior los Estatutos establecen la estructura básica a través de la cual se ejerce la dirección y administración del Banco, conformada por la Junta Directiva, el Consejo de Administración, el Gerente General y los Gerentes Técnico y Ejecutivo y facultan a la Junta Directiva para determinar las funciones de las Gerencias Técnica y Ejecutiva y para aprobar la estructura organizacional básica no prevista en los Estatutos.
La estructura organizacional del Banco está conformada por dos órganos decisorios: la Junta Directiva y el Consejo de Administración. A su vez, cuenta con diversos organismos de control, supervisión y vigilancia; y con tres ramas principales que son lideradas por la Gerencia General: i) la Gerencia Técnica, ii) la Gerencia Ejecutiva y iii) la Subgerencia General de Servicios Corporativos.