(...)Damos respuesta a su comunicación de la referencia, mediante la cual expone algunas inquietudes sobre la compra de dólares que hace el Banco de la República y el marco regulatorio correspondiente.
Al respecto, mediante la Ley 9 de 1991 se expidió el régimen cambiario con el propósito de facilitar las transacciones corrientes, dentro de las que se encuentran las operaciones de comercio exterior y las remesas. De acuerdo con la ley, corresponde a los intermediarios del mercado cambiario (IMC) de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 el desarrollo del mercado cambiario para las transacciones entre residentes y estos con no residentes.
De manera concordante. el régimen cambiario (Resolución Externa No. 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República), no establece una tasa de cambio oficial y su fijación corresponde a mecanismos de mercado. Dentro de este esquema, el Banco de la República interviene como comprador y vendedor de divisas con los IMC con el objetivo de regular la liquidez del mercado financiero, el normal funcionamiento de los pagos internos y externos de la economía, para evitar fluctuaciones indeseadas de la tasa de cambio y acumular y desacumular reservas internacionales.
El Banco de la República conforme lo establecido en el artículo 5° de la Ley 31 de 1992, expone ante el Congreso una explicación detallada de la intervención cambiaria del Banco y de las políticas monetaria y cambiaria que desarrolla el Banco. El más reciente informe se encuentra disponible en la siguiente página web http://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/archivos/ijd…
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