"(...) señala que "si el Banco de la República no presenta tasas del mercado regulado ¿quién las debe presentar?, ó es que cualquier Gremio o asociación pueden presentar las tasa de mercado no regulado sin ningún control o política cambiaria".
Al respecto, de manera atenta me permito señalarle que en el oficio JD-S 03060 del 7 de febrero de 2013, que le fue remitido, se hizo referencia a las tasas de cambio de las operaciones del mercado al que alude su consulta, por lo que nos remitimos a la respuesta allí expresada.
En este orden, se reitera que de conformidad con lo señalado en la Ley 9 de 1991, en Colombia no existen tasas de cambio reguladas o fijadas por el Estado. Las tasas de cambio son acordadas libremente por las partes intervinientes en la operación teniendo en cuenta, entre otros factores, las condiciones prevalentes en el mercado.
El Banco, con sujeción a la ley, informa las tasas de mercado de las monedas de los países vecinos en relación con el dólar. Dichas tasas son suministradas por The World Markets Company PLC (WM) y son indicativas del mercado y en ningún momento son tasas de cambio oficiales u obligatorias para las operaciones que realicen los residentes con el exterior.
En los anteriores términos esperamos haber dado respuesta a su consulta.
(...)"