C22-128973 Q22-8016 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha

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Me refiero a su comunicación, mediante la cual consulta sobre la tasa máxima que se podía pactar y cobrar por concepto de intereses respecto de una obligación pactada en dólares americanos y la tasa de usura para este tipo de obligaciones para los meses de marzo de 2020 a agosto de 2021.


Al respecto, me permito informarle que en materia de intereses remuneratorios y moratorios de obligaciones en divisas, la Junta Directiva del Banco de la República -JDBR- expidió la Resolución Externa 53 de diciembre 4 de 1992 cuyo presupuesto normativo son las obligaciones dinerarias contraídas entre residentes en Colombia pagaderas en pesos colombianos pero estipuladas en moneda extranjera (operaciones internas) de que trata el artículo 86 de la Resolución Externa 1 de 2018 (Régimen Cambiario).


En la Resolución Externa 53, que se encuentra vigente, la JDBR determinó las tasas máximas de interés que pueden convenirse en estas operaciones, señalando como tasa máxima de interés corriente el 20% efectivo anual y como tasa máxima de interés moratorio el 25% efectivo anual en dólares.

Las resoluciones mencionadas pueden consultarse en la página del Banco de la República en los siguientes vínculos:


https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/archivos/B…


https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/compendio-…

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