Suplemento 3: Bussiness Identifier Code (BIC) - Depósito Central de Valores (DCV)

Versión 1.0 publicada el 21 de agosto de 2023

1. Introducción

Las entidades afiliadas al Depósito Central de Valores (DCV) del Banco la República, se identificarán bajo el estándar internacional Bussiness Identifier Code (BIC, por sus siglas en inglés). Este código sigue lo establecido en la norma internacional ISO 9362, la que específica los elementos y la estructura de un código de identificación universal de entidades, tanto financieras como no financieras 

2. Beneficios

Entre los beneficios más relevantes del uso del BIC se destacan:

  • Estandarización en la información del código de identificación.
  • Disminución de riesgos operativos dado que la información del código contiene datos relevantes que permiten identificar a los participantes.

3. Estructura BIC

A continuación, se ilustra la estructura del código BIC:

Las posiciones correspondientes a Código de Sucursal están orientadas a especificar oficinas o seccionales de la institución, en los casos en que no se haga uso para propósito, mantendrá el valor "XXX".

3.1 Estructura base

En los casos en que la entidad reportó un BIC de ocho (8) caracteres (sin sucursal), el código informado se mantendrá y complementará en las posiciones de la sucursal con "XXX".

Ilustración 1 muestra un ejemplo de código bic: banco internacional colombiano (1) el cual seria BINCCOBBXXX

Si la entidad reportó un BIC identificando la sucursal, es decir, de once (11) caracteres, este código se mantendrá tal como fue reportado.

Ilustración 2 muestra un ejemplo de código bic: banco internacional colombiano (1) el cual seria BINCCOBBHSP

3.2 Entidades que no cuentan con Código BIC

A las entidades que no reportaron el código de identificación, se les asignará un pseudo BIC, donde el código de institución de cuatro (4) caracteres será creado a partir de la razón social de la entidad o nombre significativo de la entidad, dejando el código de país, el código de localidad y la sucursal como constantes.

3.3 Entidades que se vinculen en un fututo al DCV

Las entidades que se vinculen en un futuro a los servicios del DCV, deberán reportar dentro del proceso de afiliación o inscripción el BIC. En el caso en que no lo posean, se le asignará un pseudo BIC según los lineamientos ya mencionados en el punto 3.2.

Nota:

La estructura del BIC siempre contendrá once (11) posiciones, se trate de un código reportado por una entidad o de un pseudo BIC.