Boletín DCV 344 - Inhabilitación Automática de Cuentas de Valores
Dando alcance a los Boletines Informativos No. 341 del 2 de abril de 2025 y No. 342 del 16 de abril de 2025, en los que se anunció del proceso automático de inhabilitación de cuentas de valores inactivas en el Depósito Central de Valores (DCV), nos permitimos informarles a partir del 7 de julio, el proceso automático de inhabilitación de cuentas de valores se ejecutará diariamente. Esta actividad se realizará al final del día, con el cierre del día negocio en el DCV.
Adicionalmente, es importante aclarar que, de acuerdo con los criterios establecidos, una cuenta se considera inactiva cuando no ha tenido ningún movimiento y sus saldos se encuentran en cero durante un periodo máximo de un (1) año, y no está involucrada en contratos vigentes o transacciones futuras. En consecuencia, si una cuenta es habilitada nuevamente pero no registra movimientos al cierre del día de su habilitación, volverá a cumplir con los criterios de inactividad y estará sujeta a una nueva inhabilitación automática.
Agradecemos su atención y comprensión en la implementación de estas mejoras, las cuales buscan fortalecer la seguridad y eficiencia de los servicios del DCV.
Para cualquier información adicional pueden contactar al Centro de Atención Telefónica del Departamento de Fiduciaria y Valores del Banco de la República al número +57 (601) 484-9980 extensión 0444 o escribir a la dirección electrónica servicioalclientedfv@banrep.gov.co.