Avalado IMC - Avales y garantías en el Régimen Cambiario

En el presente documento se presentan algunos casos de avales y garantías para facilitar la comprensión y aplicación del régimen cambiario a sus usuarios. Aquellos son un ejercicio académico y no agotan la totalidad de los casos que pueden presentarse.

24. Avalista no residente + Beneficiario IMC + Crédito externo pasivo
25. Avalista no residente + Beneficiario no residente + Crédito externo pasivo

26. Avalista IMC + Beneficiario no residente + Crédito externo pasivo
27. Avalista IMC + Beneficiario IMC + Crédito externo pasivo

 

24. Avalista no residente + Beneficiario IMC + Crédito externo pasivo

La obligación garantizada es un crédito externo pasivo. Ante el incumplimiento del IMC avalado, el no residente avalista es quien realiza el pago al IMC beneficiario y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización del crédito. Entre el IMC avalado y el no residente avalista surge un crédito externo y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como desembolso del y una segunda declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización de ese crédito.

El pago efectuado por parte del no residente podrá hacerse en moneda legal mediante las cuentas de uso exclusivo de que trata el capítulo 10 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.

Fuente normativa: Capítulo 6 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83

 

25. Avalista no residente + Beneficiario no residente + Crédito externo pasivo

La obligación garantizada es un crédito externo pasivo. Ante el incumplimiento del IMC avalado, el no residente avalista es quien realiza el pago al no residente beneficiario y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización del crédito. Entre el IMC avalado y el no residente avalista surge un crédito externo pasivo y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como desembolso del y una segunda declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización de ese crédito.

El pago efectuado al no residente y/o por parte del no residente podrá hacerse en moneda legal mediante las cuentas de uso exclusivo de que trata el capítulo 10 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.

Fuente normativa: Capítulo 6 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83

 

26. Avalista IMC + Beneficiario no residente + Crédito externo pasivo

La obligación garantizada es un crédito externo pasivo. Ante el incumplimiento del IMC avalado, el IMC avalista es quien realiza el pago al no residente beneficiario y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización del crédito. Entre el IMC avalado y el IMC avalista surge un crédito externo y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como desembolso de ese crédito y una segunda declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización de ese crédito.

El pago efectuado al no residente podrá hacerse en moneda legal mediante las cuentas de uso exclusivo de que trata el capítulo 10 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.

Fuente normativa: Capítulo 6 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83

 

27. Avalista IMC + Beneficiario IMC + Crédito externo pasivo

La obligación garantizada es un crédito externo pasivo, ante el incumplimiento del IMC avalado, el IMC avalista es quien realiza el pago al IMC beneficiario y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización del crédito. Entre el IMC avalado y el IMC avalista surge un crédito externo pasivo y se transmite una declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como desembolso de ese crédito y una segunda declaración de cambio de crédito externo con razón de no canalización como amortización de ese crédito.

Fuente normativa: Capítulo 6 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83