Compendio de la Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-184 Asunto 33: Provisiones, consignaciones sujetas a verificación y operaciones de cambio de efectivo

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En el presente documento, se compendian todas las actualizaciones realizadas a la Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-184, correspondiente al Asunto 33: “PROVISIONES, CONSIGNACIONES SUJETAS A VERIFICACIÓN Y OPERACIONES DE CAMBIO DE EFECTIVO”, del Manual de Tesorería. 

Las modificaciones se realizan con el fin de:

  1. En el numeral 2 “Glosario”, en la definición del sistema ANTARES, se precisa que, para el acceso a este sistema tecnológico, se deberá suscribir previamente con el Banco de la República el contrato respectivo.
  2. En el numeral 4 “Lineamientos generales” se aclara que la aprobación de las solicitudes de provisión o cambio de efectivo se hará de acuerdo con las existencias disponibles por denominación de cada ciudad.
  3. En el numeral 5 “Planeación de las operaciones”, sección 5.1 “Provisión de billete” se indica que el Banco de la República podrá determinar las cantidades de billete a entregar, de una o más denominaciones, de acuerdo con las existencias disponibles por denominación, manteniendo el valor total de la provisión solicitada.
  4. En el numeral 5 “Planeación de las operaciones”, sección 5.3 “Operación de cambio de billete” se indica que El Banco de la República podrá determinar las cantidades de billete a entregar, de una o más denominaciones, de acuerdo con las existencias disponibles por denominación, manteniendo el valor total del cambio solicitado.
  5. En el numeral 5 “Planeación de las operaciones”, secciones 5.3 “Operación de cambio de billete” y 5.4 “Consignación de billete sujeta a verificación” se precisan las condiciones para recibir billetes en operaciones de cambio de efectivo, así como para billetes en consignación, respectivamente. Así mismo, se elimina la restricción de una sola operación por día, por transportadora de valores y oficina.