Canalización de créditos pasivos formulario 3
Fecha | Número de concepto | |
---|---|---|
JDS-08579 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) |
|
JDS-01931 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) Damos respuesta a su comunicación (...), mediante la cual consulta si una sociedad constituida en Colombia, residente para efectos cambiarios, puede desembolsar el equivalente en dólares de un crédito otorgado en moneda legal colombiana a otro residente, a través de cuentas de compensación.
|
|
JDS-10221 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) |
|
JDS-22736 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) Damos respuesta a su comunicación (...), mediante la cual consulta sobre el tratamiento cambiario de un crédito externo pasivo informado, cuyo acreedor se convierte en residente.
Al respecto, me permito manifestarle lo siguiente:
|
|
JDS-20241 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) Me refiero a su comunicación mediante la cual consulta aspectos relacionados con la modificación de acreedor de créditos externos. Al respecto, son pertinentes los siguientes comentarios: |
|
JDS-11184 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) consulta la fecha que se debe tomar como fecha de desembolso para las operaciones de endeudamiento externo entre residentes y no residentes, así: 1) La fecha en que se monetizan las divisas a través del mercado cambiario, o 2) La fecha en que se abonan los recursos a la cuenta del IMC a favor del residente. Al respecto, me permito informarle lo siguiente: |
|
JDS-03429 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) consulta si se debe modificar o presentar un nuevo informe de endeudamiento externo, cuando una sociedad importa una maquinaria cuyo período de instalación será de tres años y en el contrato se pacta la posibilidad de |
|
JDS-05452 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva | "(...) consulta como debe diligenciarse la declaración de cambio por endeudamiento externo (Formulario No.3) para girar los intereses sujetos a retención en la fuente. |