Reglamentación del Indicador Bancario de Referencia (IBR)
El Banco de la República es el administrador del esquema de formación del Indicador Bancario de Referencia (IBR). La reglamentación del esquema de formación del indicador puede ser consultada en Asobancaria.
A continuación, se presentan el manual operativo (circular reglamentaria externa), el formulario para incluir las cotizaciones en caso de contingencia y la guía para incluir las cotizaciones del IBR en el Sistema de Subastas.
En esta página se encuentran las instrucciones operativas y la reglamentación para las entidades interesadas en participar en el IBR con el Banco de la República.
El Departameto de Operaciones y Análisis de Mercados (DOAM) presenta el compendio de la Circular Reglamentaria Externa DOAM-305 y sus modificaciones, el cual reúne todas las actualizaciones realizadas a la circular, Asunto 16: Manual operativo para la administración del Indicador Bancario de Referencia (IBR).
De igual forma, encontrará el Anexo 1: Formulario para la presentación de las cotizaciones del IBR y la Guía para incluir cotizaciones de IBR en el sistema de subastas.