Informe de Administración de las Reservas Internacionales - 2011

Tenga en cuenta

La Constitución Política de Colombia y el artículo 14 de la Ley 31 de 1992 asignan al Banco de la República la función de administrar las reservas internacionales. Las opiniones y posibles errores son responsabilidad exclusiva del autor y sus contenidos no comprometen al Banco de la República ni a su Junta Directiva.

Autor o Editor
Banco de la República
Autores y/o editores

El propósito de este documento es actualizar el informe Administración de las Reservas Internacionales, presentado en marzo de 2009, en el cual se explica la gestión de las reservas internacionales en Colombia.

Fecha de publicación
Jueves, 02 junio 2011

La Constitución Política de Colombia y la Ley 31 de 1992, artículo 14, asignan al Banco de la República la función de administrar las reservas internacionales. 
Así mismo, definen que estas deben ser manejadas con estrictos criterios, en su orden, de seguridad, liquidez y rentabilidad. El propósito de este documento es actualizar el informe Administración de las Reservas Internacionales, presentado en marzo de 2009, en el cual se explica la gestión de las reservas internacionales en Colombia.

Primero se introducen los principales conceptos asociados con las reservas internacionales y el marco en el cual se fundamenta su gestión por parte del Banco. 

Posteriormente, se detalla la política de administración y los aspectos fundamentales de su operatividad. Finalmente, se realiza un recuento sobre el actual estado de las reservas.
 

Históricos del Informe de Administración de Reservas Internacionales