Recuadro 2: Nuevo marco normativo para las operaciones del mercado cambiario
En cumplimiento con lo estipulado en el artículo 5 de la Ley 31 de 1992, la Junta Directiva del Banco de la República presenta a consideración del Honorable Congreso de la República, un informe al Congreso de la República en el cual da cuenta del comportamiento de la economía y de sus perspectivas. Este informe se presenta dos veces al año, en los meses de marzo y julio, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de inicio de las sesiones del Congreso.
Cumpliendo con lo estipulado en el artículo 5 de la Ley 31 de 1992, la Junta Directiva del Banco de la República presenta dos veces al año, un informe al Congreso de la República en el cual da cuenta del comportamiento de la economía y de sus perspectivas. Este informe se presenta dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de inicio de las sesiones del Congreso (en los meses de marzo y julio).
En el esfuerzo de renovar el marco regulatorio de una forma integral y acomodarlo a los muchos eventos e innovaciones que ha presentado el entorno colombiano en los últimos dieciocho años, el Banco de la República comenzó a trabajar recientemente en una revisión de todas las normas pertinentes. Se buscó partir de la lógica de un mercado cambiario con flotación del tipo de cambio, con muchos años de madurez de parte de los agentes que en él participan. Durante estos años no solo se sofisticaron estos agentes sino también los mercados en general, y el país consolidó grandes logros en términos de su institucionalidad y desarrollo.