Evolución de las finanzas municipales del Valle del Cauca y la efectividad de la Ley 617 del 2000 - 1987 - 2003
El presente documento presenta un análisis sobre la evolución de las finanzas públicas municipales del Valle del Cauca. La información empleada corresponde a la muestra de 21 municipios del departamento, la cual es procesada por el Banco de la República siendo una de las mejores fuentes para dicho tipo de análisis en la región. Se encuentra que hasta el año 2000 el comportamiento del déficit consolidado municipal era altamente pro-cíclico y que solo hasta la llegada de la Ley 617 de 2000, los municipios comenzaron a registrar superávit, siendo este fenómeno el principal impacto de dicha ley. No obstante, la alta dependencia de las transferencias y el alto nivel de los gastos de funcionamiento se constituyen en uno de los elementos críticos de las finanzas públicas de los municipios del Valle.
Asimismo, este documento realiza el cálculo de cinco indicadores de evaluación fiscal para cada uno de los 21 municipios estudiados, los cuales fueron analizados a partir de hipótesis que intentan determinar si los decretos efectuados en la ley 617 del 2000, modificó o no estos indicadores. Para probar las hipótesis se empleo la prueba “t” para medias de dos muestras independientes unilaterales, la cual permite concluir si existe diferencias sustanciales entre las medias de dos muestras como consecuencia de la aplicación de un “tratamiento”, los decretos de la ley 617.La contribución de este estudio es importante, debido a que demostró que a pesar que la ley 617 del 2000 elimino la tendencia deficitaria experimentada entre los años 1987-2001, registrándose un superávit en los dos años siguientes, la aplicación de la prueba “t” permitió evidenciar que con la entrada de la ley 617 disminuyó en el total del consolidado municipal, la magnitud de la inversión, la dependencia de los recursos propios y la capacidad de ahorro, e incrementó la dependencia de las transferencias y el porcentaje de ingresos corrientes destinados a cubrir los gastos de funcionamiento.