Solvencia consolidada con corte a diciembre de 2018 para Agentes Colocadores de OMA (ACO) que sean establecimientos de crédito

I.         FECHA Y HORA LÍMITE DE TRANSMISIÓN DEL REQUISITO TRIMESTRAL

 

En concordancia con el numeral 6.5 de la Circular Reglamentaria Externa (CRE) DEFI-354, Asunto 2: “Control de riesgo en las operaciones de mercado abierto y en las operaciones de liquidez para el normal funcionamiento del sistema de pagos”,  los ACO que sean establecimientos de crédito, independientemente de que consoliden o no, deben enviar las certificaciones correspondientes, con corte a Diciembre de 2018 a más tardar a las 12:00 p.m. del viernes 1 de Marzo de 2019.

 

II.     DESCRIPCION E INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO

 

A.     Los formatos actualizados se encuentran publicados en www.banrep.org/reglamentacion-temas-a/2176

  • Formato No.8 “Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito” con firma digital del representante legal; (Excel 97-2003).
  • Formato No.9 “Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito” con firma digital del revisor fiscal; (Excel 97-2003).

 

B.    La transmisión debe realizarse en un archivo comprimido .zip, a  través del sistema de transferencia de archivos del BR en el link “NOVA – Entrada”, seleccionando “solvencia_consolidada”.

 

C.    La nomenclatura para la generación del archivo comprimido se encuentra en el Anexo No.2 de la CRE DEFI-354.