Solvencia consolidada con corte a diciembre de 2017 para Agentes Colocadores de OMA (ACO) que sean establecimientos de crédito
I. FECHA Y HORA LÍMITE PARA ENVIO DEL REQUISITO TRIMESTRAL
En concordancia con el numeral 6.5 de la Circular Reglamentaria Externa (CRE) DEFI-354, Asunto 2: “Control de riesgo en las operaciones de mercado abierto y en las operaciones de liquidez para el normal funcionamiento del sistema de pagos”, los ACO que sean establecimientos de crédito, independientemente de que consoliden o no, deben enviar las certificaciones correspondientes, con corte a Diciembre de 2017 a más tardar a las 12:00 p.m. del jueves 1 de Marzo de 2018.
II. DESCRIPCION E INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO
A. Los formatos fueron actualizados y se encuentran publicados en www.banrep.org/reglamentacion-temas-a/2176
- Formato No.8 “Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito” con firma digital del representante legal; (Excel 97-2003).
- Formato No.9 “Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito” con firma digital del revisor fiscal; (Excel 97-2003).
B. La transmisión debe realizarse en un archivo comprimido .zip, a través del sistema de transferencia de archivos del BR en el link “NOVA – Entrada”, seleccionando “solvencia_consolidada”.
C. Consultar la nomenclatura para la generación del archivo comprimido en el Anexo No.2 de la CRE DEFI-354.