Costos de reproducción de información (Circular Externa Operativa y de Servicios DG-GI-393)
El Consejo de Administración aprobó las tarifas que cobrará el Banco de la República, por concepto de costos de reproducción, a las personas que en ejercicio del derecho de acceso a la información pública soliciten a la Entidad (Circular Externa Operativa y de Servicios DG-GI-393). Dichas tarifas son las siguientes:
MEDIO DE ENTREGA | TARIFA |
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Impresión o fotocopia en papel tamaño carta u oficio en blanco y negro | $100 carta/$150 oficio |
Copia en disco compacto (CD) | $4.000 |
Copia en disco compacto (DVD) | $4.000 |
Memoria USB | $30.000 |
Estas tarifas consideran el costo en que incurre el Banco, a través de los servicios contratados con proveedores que prestan el servicio de reprografía mediante equipos multifuncionales y centro de impresión para impresiones o fotocopias, el costo del papel y de los dispositivos electrónicos utilizados para entregar la información, así como los precios comerciales y los que cobran otras entidades públicas los cuales se consideran están dentro de los parámetros del mercado.
Se cobrarán las tarifas anteriores cuando la impresión o copiado sea superior a 20 hojas En cuanto a las USB, CD y DVD serán proveídos exclusivamente por el Banco. Estas tarifas no se aplicarán cuando la información sea remitida a través de mensaje de correo electrónico, ni cuando la expedición de copias corresponda a una solicitud de la autoridad judicial o administrativa en ejercicio de sus funciones. Así mismo, no aplican en la prestación de funciones y servicios propios de la Entidad, los cuales cuentan con su propia reglamentación especial; entre otros los prestados por el Departamento de Sistemas de Pago o los servicios bibliotecarios (reproducción de material bibliográfico). Así mismo, en concordancia con el principio de gratuidad establecido en los artículos 3 y 26 de la Ley 1712 de 2014 y el artículo 20 del Decreto 103 de 2015, no se cobrarán valores adicionales al costo de reproducción de la información pública solicitada.
PAGO DE COSTOS DE REPRODUCCIÓN
El valor a pagar1 por los anteriores conceptos, (concepto del recaudo o pago: 4010 Otros reintegros DSA) los puede realizar a través de los siguientes canales:
1. Pagos en Línea – PSE. Entrar a la página web del Banco de la República, a Recaudos corporativos (pagos por PSE) en la siguiente dirección electrónica: https://www.banrep.gov.co/es/recaudos-corporativos-pagos-pse-nuevo, seleccionar 6- Pagos de servicios administrativos y completar la siguiente información:
- Documento Identificación: Número de cédula o NIT
- Concepto del Recaudo: 4010 Otros reintegros DSA
- Valor a pagar: Valor a pagar
- Nombre Tercero: Nombre del tercero
- Sucursal: Sucursal en la que se aplicará el recaudo
2. Red de oficinas del Banco Davivienda del país (recaudo referenciado). Solicitar en la oficina del Banco Davivienda, el formato de consignación para convenios empresariales y completar la siguiente información:
a. Nombre del convenio: BANREP
b. Referencia 1: Número de cédula o NIT
c. Código convenio / No. Cuenta: 134095
d. Referencia 2: 4010
3. Canal de recaudo corporativo para las agencias culturales de Leticia, Quibdó y Honda:
Dado que en las ciudades de Honda, Leticia y Quibdó no operan oficinas del Banco Davivienda, los usuarios ubicados en estas ciudades no pueden hacer uso del recaudo referenciado dispuesto en el numeral 3.4. 2 (Red de oficinas del Banco Davivienda del país) de esta reglamentación. En su lugar, deberán realizar el pago siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Cultural.
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1El personal del Banco encargado de realizar la entrega de la información solicitada por la ciudadanía: 1). Indicará el valor a pagar acorde con el medio de entrega utilizado y 2). Validará que se haya realizado el pago de manera previa a la entrega de la información.