¿Qué puede y qué no puede hacer el Banco ante una coyuntura similar a la presentada durante la pandemia?

¿Qué puede hacer?

  • Velar porque el país cuente con la liquidez necesaria para permitir que se cumplan los pagos de la economía
  • Velar porque haya la liquidez necesaria para sostener la oferta de crédito del sistema financiero
  • Estabilizar los mercados clave bajo estrés e ilíquidos: TES, títulos de deuda privada y cambiario
  • Mantener un colchón de liquidez externa suficiente para garantizar los pagos externos del país y facilitar el financiamiento externo del Gobierno y del sector privado
  • Apoyar la reactivación de la actividad económica

¿Qué no puede hacer el Banco?

El arreglo institucional (Constitución y leyes) dispone que el Banco NO puede:

  • Otorgar crédito directo a empresas del sector real o a personas naturales
  • Hacer transferencias directas u otorgar subsidios (política fiscal)
  • Dirigir crédito a sectores específicos

Lo anterior implica que las medidas del Banco sean de carácter general y vayan encaminadas a proveer liquidez y condiciones financieras favorables para la economía como un todo, a través del sistema financiero o por su intervención directa en mercados explícitamente permitidos (cambiario, secundario de títulos).

No obstante, en este marco, las acciones del Banco benefician fundamentalmente a empresas y hogares por diversos canales.