Solvencia consolidada con corte a septiembre de 2019 para Agentes Colocadores de OMA (ACO) que sean establecimientos de crédito
I. Fecha y hora límite de transmisión del requisito trimestral
En concordancia con el numeral 6.5 de la Circular Reglamentaria Externa (CRE) DEFI-354, Asunto 2: "Control de riesgo en las operaciones de mercado abierto y en las operaciones de liquidez para el normal funcionamiento del sistema de pagos", los ACO que sean establecimientos de crédito, independientemente de que consoliden o no, deben enviar las certificaciones correspondientes, con corte a septiembre de 2019 a más tardar a las 12:00 p.m. del lunes 18 de noviembre de 2019.
II. Instructivo de diligenciamiento
A. Los formatos pueden consultarse en https://www.banrep.goc.co/reglamentacion-temas-a/2176
- Formato No.8 "Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito" con firma digital del representante legal.
- Formato No.9 "Certificación de la relación mínima de solvencia consolidada para establecimientos de crédito" con firma digital del revisor fiscal.
B. Los archivos deben guardarse en versión de Excel 97-2003 (.xls).
C. La nomenclatura para la generación de los archivos se describe en el Anexo No.2 de la CRE DEFI-354.
D. La transmisión debe realizarse en un archivo comprimido .zip, a través del sistema de transferencia de archivos del BR en el link "NOVA – Entrada", seleccionando "solvencia_consolidada".