¡Si usted es importador o exportador de bienes en Colombia, esta información le interesa!
Los capítulos 3 y 4 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del Banco de la República establecen los procedimientos para el pago de las operaciones de cambio por importación y exportación de bienes, a través del mercado cambiario (Intermediarios del Mercado Cambiario y las cuentas de compensación).
Recuerde que la legalización de estas operaciones de cambio, junto con la información aduanera, no debe ser reportada al Banco de la República.