¿Qué requisitos se deben cumplir para la apertura de cuentas de depósito?

  1. Enviar al Banco de la República carta de solicitud de apertura de cuenta suscrita por el representante legal de la entidad con reconocimiento de texto y firma ante notario, en la cual se fundamente la petición. Se debe indicar además:
    • Nombre y número del documento de identidad del funcionario que en calidad de representante legal suscribirá el Contrato de Cuenta de Depósito.
    • Autorizar al Banco de la República para que en desarrollo de sus funciones de prevención de control de lavado de activos y financiación del terrorismo, pueda realizar visitas y solicitar informes de la entidad o de sus clientes.
  2. Anexar copia auténtica del certificado de Existencia y Representación Legal, con no más de treinta (30) días de expedido por la entidad que los vigile.
  3. Anexar copia auténtica del certificado de Cámara de Comercio de la ciudad donde tiene su domicilio principal, con no más de treinta (30) días de expedido.
  4. Estar vinculados al SEBRA, mediante alguna de las modalidades de contrato permitidas por el Banco.
  5. Cuando se trate de un proveedor de liquidez del exterior, deberán relacionarse los funcionarios autorizados para el manejo de la cuenta de depósito (nombre, documento de identidad, cargo y firma) y certificar que la entidad respectiva está vinculada a la red mundial interbancaria SWIFT (relacionar el código BIC correspondiente).